Reglamento de Evaluación de los Resultados de Aprendizaje y de las Competencias Adquiridas
📌Aplicación del Reglamento
Enseñanzas presenciales, semipresenciales y no presenciales de la ULPGC, excepto los trabajos de fin de titulación y las prácticas externas obligatorias y voluntarias.
📌Objeto
Regular el sistema de evaluación de los resultados de aprendizaje y de las competencias adquiridas por el alumnado, así como la regulación del régimen de las convocatorias, la evaluación, los exámenes y los sistemas de revisión y reclamación.
📌Convocatorias
📍El alumnado tendrá derecho a 6 convocatorias para aprobar cada asignatura.
📍Si agota las 6 convocatorias, podrá solicitar una 7ª convocatoria extraordinaria.
📍Para cada curso académico se programan tres convocatorias y el alumnado solo tendrá derecho a dos:
a) Convocatoria ordinaria. Antes de finalizar el primer semestre o el segundo, según le corresponda a la asignatura dentro del plan de estudios.
b) Convocatoria extraordinaria. Meses de junio y julio.
c) Convocatoria especial. Según las fechas recogidas en el Calendario Académico y el alumnado podrá presentarse:
- Con carácter general, a un máximo de tres asignaturas siempre que se trate de asignaturas en las que se haya matriculado anteriormente.
- Con carácter especial, hasta un máximo de cinco asignaturas, siempre que sean las últimas pendientes para finalizar sus estudios.
El alumnado será evaluado de acuerdo con el proyecto docente de la asignatura referido al curso inmediatamente anterior y con el profesor que tiene asignada la asignatura en el curso académico en el que se realice el examen.
Si no se supera el examen de la convocatoria especial y no ha agotado el número máximo de convocatorias, automáticamente se le asignará la convocatoria ordinaria. En el caso de que no se presente a ésta, la convocatoria se trasladará a la extraordinaria que computa en todo caso a efectos de convocatorias agotadas.
📌Proyectos docentes
Los proyectos docentes de cada asignatura deberán incluir:
- Tipo y número de pruebas o exámenes
- Tipo y número de los trabajos y actividades
- El sistema de evaluación continua
- La garantía de superar la asignatura con un único examen
📌Criterios de evaluación de carácter general
- La evaluación será continua
- Las actividades realizadas podrán completarse con la realización de un examen
- La participación en las actividades docentes programadas puede ser obligatoria, si así se indica en el proyecto docente
El alumnado tiene el derecho y deber de asistir a clase regularmente y en ningún caso podrá ser inferior al 50%. La no asistencia podría suponer la exclusión de la evaluación continua.
📌Pruebas
Un examen o prueba no podrá durar más de cuatro horas.
En el supuesto de coincidencia de las fechas de exámenes o pruebas finales de distintas asignaturas en la ULPGC, con menos de cuatro horas de diferencia entre la finalización del primero y el inicio del siguiente, el alumnado tendrá derecho a que el profesor de la asignatura del curso superior le facilite la realización del examen o prueba de su asignatura en día distinto con, al menos, 24 horas de diferencia de la fecha del anterior. El alumnado deberá aportar un certificado que acredite su comparecencia al examen o prueba del curso inferior.
En cualquier caso, un estudiante no podrá verse obligado a realizar en un mismo día más de dos exámenes o pruebas finales de distintas asignaturas.
📌Ausencia justificada del alumnado
Por circunstancias objetivas y justificadas:
- Causas sobrevenidas
- Embarazo
- Asistencia de representantes del alumnado a los órganos en los que ejerzan su función representativa en la ULPGC
- Asistencias justificadas de deportistas a juegos olímpicos, campeonatos mundiales, europeos, de España, de Canarias o clasificatorios para los anteriores.
📌Calificaciones, revisiones y reclamaciones
Junto con los resultados de las evaluaciones, el profesorado deberá hacer público el horario, el lugar y la fecha en que tendrá lugar su revisión, con un mínimo de dos sesiones que no podrán coincidir en el mismo día.
Las revisiones deberán realizarse dentro de los cinco días hábiles siguientes desde la fecha de publicación de los resultados.
Tras esta revisión, si continúa en desacuerdo, el alumnado puede presentar una reclamación en los cinco días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de las calificaciones.
📌Actas
Las calificaciones que figuran en las actas de las convocatorias ordinaria, extraordinaria y especial, podrán ser modificadas hasta el 30 de septiembre del mismo curso.
Para cualquier duda o consulta, contacta con la administración de tu Escuela o Facultad.